Se acabó el chollo

No más facturas sorpresa

Alguna vez has recibido una factura de telefonía, más alta de lo habitual? Has pensado que tu operador te ha subido el precio sin avisar? Has investigado de dónde viene un cargo elevado?

Todas estas preguntas pueden (en la mayoría de los casos) responderse de la misma manera. Has hecho una llamada a un servicio de atención al cliente de una empresa conocida, después de buscar su número de teléfono en internet. La picaresca de las empresas de información telefónica les llevan a "rozar" el delito de suplantación de identidad, ofreciendo resultados en buscadores, que te hacen pensar que la empresa que buscas, tiene un número de atención que empieza por 118. Te adelanto que no es así, tienen otro al que puedes llamar de forma gratuita con cualquier tarifa actual.

Ya os contamos en este post anterior, cómo funcionan este tipo de llamadas. Así que no voy a profundizar mucho en ello. Lo que hoy nos interesa es la Orden CTE/711/2002, que ha entrado en vigor y establece las condiciones de prestación del servicio de consulta telefónica sobre números de abonado. Dicha orden determina las condiciones que deben cumplir las entidades prestadoras del servicio de consulta telefónica sobre números de abonado, al que se atribuye el código telefónico 118XX, que entró en vigor el pasado 28 de octubre.

​- Los números cuyas llamadas tengan un precio minorista menor a 0,50€ (IVA no incluido) serán accesibles por todos los usuarios.

​- Los números cuyas llamadas tengan un precio minorista superior a 0,50€ (IVA no incluido), sólo serán accesibles previa petición formal y expresa del usuario final. En nuestro caso, esta petición debará ser remitida a Hilltech Digital, a través del correo telefonia@hilltech.es, indicando la oferta a la que quiere acceder (coste medio o coste alto), así como el bloqueo de todos los números 118XX.

​- Oferta coste medio: entre 0,50€ y 1,25€ por minuto, IVA no incluido.

​- Oferta alto coste: más de 1,25€ por minuto, IVA no incluido.

​- La duración máxima de la llamada se reduce a 2 minutos para el servicio 118XX, siendo el propietario prestador del servicio, el responsable de cortar la llamada. No computa en esta duración ni los 20 segundos de locución ni los 5 segundos de guarda.

Y qué quiere decir todo esto? Pues que por fin está regulado este servicio, que lleva mucho tiempo dando sustos a consumidores y generando muchas tensiones entre clientes y proveedores de telefonía.

Facturar este tipo de llamadas, que hasta ahora han engordado facturas de muchos consumidores, no es la forma en que queremos ganarnos la vida, los que nos dedicamos a los servicios de telecomunicaciones. Somos agentes protectores de los consumidores y nos alegramos mucho de esta noticia que, sin duda, protege a la ciudadanía de estas prácticas abusivas. En nuestro caso, Hilltech vive de ofrecer un trato cercano y honesto así que esta regulación nos parece un gran paso y nos pone muy contentos ;)

Se acabó el chollo
Toni Gil 25 de noviembre de 2023
Compartir
Categorías

Cumplimos 2 años
Y queremos celebrarlo contigo